El 1º de diciembre de 2010 entrarán en vigor las siguientes normas legales:
- Es obligatorio clasificar las sustancias también según DSD y CLP.
- Es imprescindible etiquetar y empaquetar las sustancias según CLP, pero las sustancias ya clasificadas, etiquetadas y empaquetadas según DSD, y puestas a la venta antes del 1º de diciembre de 2010 (es decir las "existencias") deben ser etiquetadas y empaquetadas de nuevo hasta el 1º de diciembre de 2012.

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